El artículo 3 de la disposición 478 de la Dirección Provincial de Comercio, encargada de implementar la Ley de Talles, es claro: “La confección textil deberá realizarse conforme al sistema de talles normalizados para la indumentaria dispuesto en las normas IRAM 75.310 (que dispone como talles obligatorios desde el 38 al 48, con sus respectivas medidas corporales).
Una lectora nos cuenta su experiencia:
"Peso 75 kg y mido 1.66.Quiero contarles que en ningún comercio de la ciudad de Zarate hay talle de ropa para mi.No entiendo mucho de ropa pero cada marca diseña su talle .En justa lima e ituzaingo los pantalones 44 (que es el talle que yo busco)ERAN CHICOS ,PEROS CHICO DE VERDAD ,ESO ERA UN TALLE 30. LO JURO.En otro comercio de justa lima y castelli entre con mi prima porque en la vidriera habia un cartel que decia :"hay talles grandes".Entramos, la dueña nos miro y nos dijo: ay si pero es todo chiquito (haciendonos la gráfica con sus dedos de algo corto) y yo le dije,pues entonces ¡¡¡PARA QUE PONE EL CARTEL!!!y bue ni miramos. nos fuimos.....Asi me ha pasado otras veces ,volviendo a casa bajoneada por algo que no tendría que ser asi, tendría que quedar en el placer de comprar ropa que quiero y nada mas."
Este es solo un ejemplo de lo que viven miles de jóvenes. Aquí, una interesante nota donde se dan los datos de la ONG "Mujeres en igualdad", donde las mujeres se organizaron para luchar contra estas imposiciones de la publicidad, que no suelen coincidir con el cuerpo real de una mujer latina.
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