13.3.06

Informe de la CONADEP - Depto. Judicial San Nicolás - 1984

ELEVO DENUNCIAS Y TESTIMONIOS REFERIDOS A HECHOS PRESUNTAMENTE DELICTIVOS ACAECIDOS EN EL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN NICOLAS


Señor Juez Federal de San Nicolás:

Eduardo A. Rabossi, en mi carácter de titular de la Subsecretaría de Derechos humanos, cuya creación, finalidad y facultades se encuentran normadas por el Decreto Nº 3090/84 del Poder Eje-cutivo Nacional, con domicilio en la calle Sarmiento 1551, 2° piso, Capital Federal, a V.S. digo.'

1. INTRODUCCION
QUE en virtud de lo establecido en el art. 20, inc. b, del mencionado Decreto, pongo en conocimiento de V.S. denuncias y testimonios recogidos por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, referidos a hechos delictivos de una gravedad y magnitud que esca-pan de lo común, cometidos durante el llamado Proceso de Reorganización Na-cional (alias 1.976 a 1.983), en jurisdicción del Departamento judicial de San Nicolás.

Dichas denuncias y testimonios se refie-ren a la violación de los derechos más elementales del hombre, tales como el derecho a la libertad, a la vida o hasta a la integridad física, hechos que habrían tenido lugar en los partidos de Zárate, Campana, San Nicolás, Baradero, Pergamino, San Pedro, Exaltación de la Cruz y Junín.

De los relatos de los testigos y de las propias víctimas se desprende que aquellas personas que habitaban en los partidos mencionados no habrían quedado al margen del horror y la represión que se desatara en nuestro país.

La metodología utilizada por las fuerzas represivas en todo el país, para la comisión de los hechos delictivos aludi-dos, ha quedado comprobada en el juicio seguido contra los integrantes de las tres primeras Juntas Militares, (incoado en virtud del Decreto Nº 158/83 del Poder Ejecutivo Nacional)., en especial en el punto segundo (Cap. XI, Ap. A, Cap. XII) y en la parte dispositiva de dicha sentencia.

Si bien dicho fallo aún no se encuentra firme, constituye un innegable elemento probatorio respecto de las nuevas causas que se inician.

Sin perjuicio de ello se hará referencia en esta presentación, a algunas de las características que signaron el pro-ceso represivo desarrollado en particular en el Departamento Judicial que nos ocupa.-

II. SECUESTROS

La demostración cabal de la impunidad con que habrían actuado las “patotas” quedaría reflejada en la falta de miramientos al secuestrar a las víctimas en la vía pública, en reuniones sindicales, en sus lugares de trabajo, en sus reuniones de estudio o en sus propios domicilios. Resultan ejemplificativos, al respecto, los relatos agregados a los legajos Nos. 176, 275, 585, 927, 1733, 1734, 3097> 3222, 4172, 4497, 4916, 7471 y 8331.

Los secuestros se habrían producido a plena luz del día o al amparo de la noche y sin que se distinguiera entre hom-bres o mujeres, niños o ancianos, personalidades políticas, sindicales o miembros del anterior gobierno constitucional. Merece destacarse, al respecto, la suerte corrida por quien fuera intendente de la ciudad de Zárate en-tre los anos 1.973 a 1.976, Francisco José Bugato (Legajo Nº 5044), quien habiendo sido detenido el 24 de marzo de 1.976 habría transitado por el horror a través de su cautiverio en siete Centros Clandestinos de Detención hasta el 25 de junio de 1.979, sin que se hubiera abierto causa en su contra.

El resultado de los operativos no habría sido solo el secuestro de las personas, sino también la conformación del llamado "Botín de Guerra” con los objetos que eran robados de las Casas en que se producían las detenciones.

III. CENTROS CLANDESTINOS BE DETENCION

Del cúmulo probatorio aquí reunido, surgi-ría la presunta existencia de diversos Centros Clandestinos de Detención en los que se alojaba a las víctimas, sometiéndolas a horribles sesiones de tortura:.- En estos lugares, se privaba a las personas de las mínimas condiciones de higiene. y alimentación y hasta de la propia personalidad, sustituyendo sus nombres y apellidos por números (Legajo No 5604).

Cabe destacar que estos centros secretos ad-quirían el carácter de clandestinos en tanto funcionaban ocultos a la vista de la población y negados al requerimiento de los jueces que solicitaron informa-ción sobre el paradero de los allí cautivos en los recursos de Habeas Corpus interpuestos para dilucidar sus desapariciones. Al respecto es ilustrativa la denuncia contenida en el Legajo correspondiente a María Rosa Baronio (No 6771) quien fue secuestrada el cuatro de mayo de 1.977, supuestamente por personal del Ejército, el cual luego allanó su domicilio llevándose todos los muebles, útiles y ropa que había en esa casa. Posteriormente dichos bienes fueron de-vueltos bajo inventario firmado por el Sargento Primero Roberto N. Suárez, Mientras que paralelamente era rechazado un Habeas Corpus presentado ante el Juzgado Federal de San Nicolás, interpuesto en favor de la víctima.

Los Centros Clandestinos de Detención que habrían funcionado en el Departamento Judicial de San Nicolás son los que a continuación se detallan (cabe aclarar que se consignan entre paréntesis, los números de legajos, integrantes de esta presentación, en los que se hace referencia a los mismos:

a) Dependencias de la Comisaría de Campana (5604, 6784 y 4799)
b) Dependencias del Puerto de Zárate (5604)
c) Dependencias del Arsenal de Artillería de Zárate(5604, 6816, 6254 y 3955)
d) Instalaciones de un barco, supuestamente llamado A.R.A. Muratore (5604, 5044, 4949 y 3955)
e) Dependencias de "El Tolueno" (5604, 5044, 3818 y 3955)
f) Dependencias de la Prefectura de San Pedro (6147)
g) Dependencias de la Comisaría de San Pedro (6147)
h) Dependencias de la Brigada de Investigaciones de San Nicolás (6147, 3497, 641 y 643)
i) Dependencias de la Cárcel de San Nicolás (6147 y 226)
j) Dependencias de la Comisaría de Zárate (3955 y 5044)
k) Dependencias del Tiro Federal de Campana (5044, 4949 y 3955)
l) Dependencias del Puerto de Dálmine (4949)
m) Dependencias de la Comisaría de Junín (3496 y 3497)
n) Dependencias de la Comisaría del Barrio Somisa (934, 935, 936, 226 y 3496)
ñ) Dependencias de la Escuela de Marinería de Zára-te (2087)

Es oportuno aclarar que la enumeración de Centros Clandestinos de Detención no se agota aquí, sino que además de los mencionados habrían funcionado otros a los que no se hace referencia, en razón de no hallarse lo suficientemente descriptos como para lograr apriorísticamente la identificación del lugar en el que habrían funcionado. (*)


IV. TORTURAS

La aplicación sistemática de tormentos ha-bría sido un paso que todas las víctimas debían transitar, no importan-do la edad ni el sexo, ni el estado de gravidez de las mismas.

A través de los vejámenes se lograba la degradación física de las víctimas, pero esto no habría terminado allí, ya que también puede considerarse como consecuencia querida, la muerte de las personas pues ante ésta, la única expresión de los represores habría sido la soma. Esto se desprende del testimonio de Lidia Esther Biscarte (Legajo Nº 5604):
a la dicente y a Parra los ponen en el piso, en el pasto, la envuelven como en una lona, había un hombre abajo de la dicente y otros dos a los costados todos como embolsados hacia un caño de escape, en total eran seis, aceleraron el motor varios minutos y les dijeron a ver si aguantaban el gas del escape que entraba que todos murieron asfixiados menos Parra y la dicente... uno de los que la torturaba le dijo: “mirá que sos fuerte, este si será ... le cortamos un ... y se murió..."

Para lograr el quebrantamiento físico de las víctimas se habrían utilizado todo tipo de métodos; esto se ve reflejado en el testimonio de José María Iglesias Fernández (Legajo Nº 3955):
“...en esta balsa pasan más o menos cuatro días, siendo constantemente golpeados... en el caso del suscripto comienza la aplicación de la tortura llamada submarino, pero directamente en el agua , para lo cual lo bajan con sogas...”

La tortura no sólo habría desmoronado a las victimas físicamente, sino también psicológicamente; así surge del testi-monio de José María Iglesias Fernández (Legajo Nº 3955):

“...me golpean con gomas y patadas y me rompen dos costillas y me queda una lesión renal hasta la fecha, mientras esto ocurre, le dicen que en la habitación de al lado tienen a su hija Ra-quel y que si no habla, le van a sacar las vendas al dicente para que vea como la matan, mientras le hablan escucha los gritos de una chica joven llamando a su papá..."

El auxilio de los profesionales de la medicina habría sido una constante. Lo expresado se desprende de una serie de testimonios, resultando ejemplificativos los siguientes:

Lidia Esther Biscarte (Legajo Nº 5604) manifiesta: "... comienza a orinar sangre, que no le dan atención médica... hasta que para el mundial la operan de la vejiga. Que en la sala de operaciones la queman, la interrogan cuando está anestesiada, que le dieron la raquídea, que la interrogan acerca de lo que pasaba en el piso, a qué organización pertenecía, quién la ayudaba, etc,..".

Raul Alberto Marciano expresa al respecto: “ ... lo instalan en una cama de hospital articulada y le aplican picana eléctri-ca a intervalos, e interrogan... la sesión duró como una hora y media, en la sala había una persona a la que denominaban doctor, el cual decía cuando debían dejar de aplicar picana...".

V OTRAS ACTUACIONES RADICADAS EN ESE JUZGADO

A los fines que V.S. estime pertinente, infor-mo que con fecha 19 de diciembre de 1.984 fue recibido en el Juzgado Fede-ral a vuestro cargo, un conjunto de denuncias y testimonios referidos a hechos presuntamente delictivos de los cuales habrían sido víctimas los trabajadores y dirigentes gremiales de la fábrica Dálmine - Siderca S.A.I.C.; presentación que diera origen a la causa caratulada "Subsecretaría de Dere-chos Humanos - denuncia sobre desaparición de personas.”

Con las denuncias que en este acto se remiten a V.S, se considera, en principio, agotado el muestrario de detenciones y desapariciones acaecidas en el Departamento Judicial de San Nicolás, a menos en lo que se refiere a las denuncias recogidas por la Comisión Nacional so-bre la Desaparición de Personas.

VI. DOCUMENTACION ACOMPAÑADA
Integrando la presente remisión se adjuntan cinco Anexos, cuyo contenido se detalla a continuación:

Anexo 1: nómina de personas que habiendo permanecido en calidad de desaparecidas posteriormente recuperaran su libertad..

Anexo 2: nómina de personas que continúan en calidad de desaparecido
Anexo 3: nómina de personas vistas en cautive-
Anexo 4: nómina de las personas involucradas en el accionar represivo.
Anexo 5: denuncias y testimonios recogidos por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, referidas a hechos ilícitos ocurridos en el Departamento Judicial de San Nicolás.

VII. COMPETENCIA

De conformidad con reciente jurisprudencia dc la Corte Suprema de Justicia de la Nación en O. CSJN Competencia Nº 328. Libro XX. Incidente de inhibitoria planteado por el titular de la Fiscalía Nº 2, Dr. Osvaldo Miguel Solimine, del 19 de septiembre de 1.985 y CSJN Competencia Nº 331. Libro XX. Basterra, Víctor Melchor s/querella, del 20 de agos-to de 1.985, corresponde a V.S. prevenir en la investigación de los hechos, determinar si concurren en la especie los extremos del art. de la Ley 23049 y resolver eventualmente, sobre la competencia de la Justicia Militar.

VIII. CONCLUSION

De las constancias y documentación que se acompañaa a V.S., surge la gravedad y magnitud de los hechos aquí denunciados.

El esclarecimiento de la verdad, así como la individualización de los responsables, es un imperativo necesario para el resta-blecimiento de la Justicia en nuestro país, por lo que solicito la investi-gación de los hechos, que



SERÁ JUSTICIA


(firma)
Dr. EDUARDO A. RABOSSI
Subsecretario de Derechos Humanos

OTRO SI DIGO: Solicito a V.S. disponga los medios necesarios para la remisión a esta Subsecretaría de la constancia que certifique la recepción del presen-te, o en su caso su remisión a otro tribunal en el supuesto de no correspon-der la investigación a V.S. por razones de jurisdicción.

ANEXO 1: NOMINA DE PERSONAS ILEGITIMAMENTE DETENIDAS Y QUE POSTERIORMENTE RECUPERARON SU LIBERTAD

De las declaraciones y testimonios prestados ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, se destacan aquí los nombres de aquellas víctimas que sufrieran una transitoria desaparición, indicando entre paréntesis, el número de legajo baje el cual consta en nuestros archivos el testimonio correspondiente, y en su caso el número de legajo que corresponde al testimonio en el que se lo menciona visto en cau-tiverio:

- Adriana Beatriz Pierr (226)
- Rubén Pío Soberano (2008)
- Angel Oscar Márquez (2087)
- Pablo Leonardo.Martinez (3496,3497)
- José María Budassi (3497, 3496)
- José María Iglesias Fernández (3955, 5044, 5604)
- Raúl Alberto Marciano (4949)
- Francisco José Bugato (5044, 5604)
- Lidia Esther Biscarte (5604, 3955)
- Eduardo Julio Schiel (6147>
- Germán Silva (6814)
- Luis Federico Bosnasco (6816)
- Hermo Zanuccoli (8015)
- Leonor Villaverde (8371)

ANEXO 2: NOMINA DE PERSONAS ILEGÍTIMAMENTE DETENIDAS QUE CONTINUAN EN CALIDAD DE DESAPARECIDAS

Igualmente, para la individualización de los respectivos casos se indica, entre paréntesis, el número de legajo en que consta la denuncia efectuada ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas y, en este caso, el de aquellos en que se los menciona como vistos en los distintos centros clandestinos de detención:

- Rosa Eugenia Novillo Corbalán (76)
- Manuel Ernesto García (156)
- Jorge Luis De la Fuente (176>
- Leonor Pierre (227)
- Carlos Gerardo Pérez (228)
- Mirta Raquel Hombrau (257)
- Luis Bernardo Rodriguez (275)
- Juan Carlos De La Fuente (585)
- Rosa Cristina Gonzalez de Aranda (606)
- María Cristina Lanzilloto de Santillán (641)
- Carlos Benjamín Santillán (643)
- Norberto Adolfo Torres (731)
- Luis Mario Fachino (927)
- Horacio Arístides Martinez (934)
- María Cristina Alvira de Martinez (935)
- Rosa Raquel Alvira (936)
- Pedro García (997)
- Miguel Angel Di Pasqua (1445)
- Rubén Darío Reynoso (1490)
- Delfor Manuel Meira (1577)
- Armando Antonio Budano (1579)
- Enrique Roberto Ingenieros (1733)
- Irma María Magallanes de Ingenieros (1734)
- Patricia Ofelia Venturi (1788)
- Eduardo Santiago Deprati (1803)
- Juan Carlos Pellita (1900)
- María Teresa Di Martino (1922, 3955, 4949, 5044, 5604)
- Víctor Hugo Hofer (2012)
- Oscar Omar Hofer (2013)
- Victoria Rosa Osterizaga Omiste (2461)
- Aldo Felipe Berra (2481)
- Luis Alberto Ramírez (2536)
- Emilio Yoshimiya (2621)
- Alicia Gladys Lombardo (2640)
- Pedro Alberto Galván (2641)
- Julio Raúl Peris (2688)
- Ricardo Rugo Giribaldi (2786)
- Horacio Pazo (2990)
- Mario Néstor Serra (3036)
- Juana Isabel Barahona de Serra (3037)
- Jose María Pellita (3097)
- Eduardo Daniel Reyes (3104)
- Carlos Julio Baes (3240)
- María Cristina Sparvieri (3241)
- Carlos Raúl Temuta (3222)
- Regina María Spotti (3488; 3497))
- Julio Eduardo Galeano (3548)
- Pedro La Blunda (3577, 2008)
- Mario Humberto Mariani (3728)
- Américo Rodríguez (4172)
- Eva Godoy de Perez (4177) (**)
- Rómulo Miguel Moreno (4320)
- Julio Kalejman (4393)
- Luis Alberto Tealdi (4497)
- Eduardo Luis Reale (4689)
- Rubén Roberto Rossi (14790)
- Fernando Amestoy ('1819)
- Lidia Esther Sena (4916)
- Carlos Oscar Vargas (5351)
- Luis Carlos Caffaro Gimenes (5461)
- María Eugenia Amestoy (5501)
- Ricardo Alberto Monteiro (5654)
- Luis Lorenzo Garello (S777)
- Eugenio Antonio Guasta (5887)
- Mario Oscar Paluci (6254)
- Manuel Ignacio Martínez (6265)
- Lucía Alberta Nerona (6434)
- María Rosa Baronio (6771)
- Domingo Grano (6785)
- Nelson Bautista Harriague (7471).
- Carlos Martín Gatica 472
- Myriam Susana Coutada (7476)
- FranciscoAntonio Bustos (8218)
- Rodolfo Abel Kremer (8331)
- Carlos Alberto Aranda (8368).



ANEXO 3:
NOMINA DE PERSONAS VISTAS EN DIVERSOS CENTROS CLANDESTINOS DE
DETENCION, CUYA DENUNCIA NO FUERA EFECTUADA ANTE LA COMISION
NACIONAL SOBRE LA DESAPARICION DE PERSONAS
Se incluyen aquí los casos de aquellas personas que aparecen mencionadas Como vistas en los distintos centros clandestinos de detención por los ex detenidos-desaparecidos, pero cuya desaparición tran-sitoria o definitiva no fue denunciada ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas. Los números entre paréntesis indican los legajos en los que son mencionados:

- Daniel Berdakin (2008)
- Jorge (5044)
- Severino (2008)
- Capra (2008)
- Rey (2008)
- Anastasi (2008)
- Salvador (2008)
- Labrada (2008)
- Patricio Griffin (2008)
- Coronel (2008)
- Ricardo Alegre (2008)
- Edgardo Ismael Roldán (585)
- Martha Endrici (3955,5604, 2087)
- Julio Eduardo Caram (2536)
- José. Mastroberardino (3488) Coca (3496)
- Cometti (3955)
- Héctor Ferraro (3955, 5044, 5604)
- Armesto (3955, 5044, 5604)
- Paris (3955, 5044, 5604)
- Valverde (3955)
- Martín Fiorit (3955)
- Fagnani (3955, 5604)
- Luna (3955)
- Puthod (3955)
- Chila (3955)
- Marcelino López (3955, 5044, 5604)
- Eduardo Parra Pizarro (3955,4949, 5604)
- Susana Márquez (3955, 5604)
- Barrientos (3955, 5044)
- Degui (3955, 5044, 5604)
- Faccino (3955, 5044)
- Bernini (3955)
- Mesa (3955, 4949)
- Aniconi (5604)
- Juan Neme (4949)
- Enrique Tomanelli (4949)
- Juan Bonet (4949)
- Juan Carlos Iglesias (5044, 5604)
- Perfeti (5044)
- Langaroni (4949, 5044)
- Graciela Pascualatti (6254)
- Miguelito (5044)
- Berninsone (6816)
- Alí (6816)
- Caglierotti (6816)
- Toledo (6816)
- Hipoliti (6816)
~ Betancour (8331)
- Ubiedo (4949)
- Dra. Marta (3955)
ANEXO 4: NOMINA DE PERSONAS MENCIONADAS COMO PRESUNTAMENTE INVOLUCRADAS EN LOS DELITOS MENCIONADOS

Una detenida lectura del material aportado a V.S. permite destacar los siguientes nombres de las personas que habrían actua-do en los distintos centros clandestinos de detención así coipo en los pro-cedimientos de detención de las víctimas mencionadas, y que, según declaraciones de los ex detenidos desaparecidos, aparecerían involucrados en los hechos ilícitos denunciados. También aquí se indica, entre paréntesis, el número de los legajos en que son mencionados:


- General Vaquero (3104)
- General Paladino (927)
- Teniente Coronel Saint Aman (226, 934, 935, 936, 4689)
- Teniente Coronel Muñoz (1803, 6783)
- Teniente Coronel Díaz López (2008)
- Mayor Ricardez (934, 935, 936)
- Mayor Bosier <6147)>
- (a) "El Yarará" (5604)
- (a) "El Vizcacha" (5604)
- (a) "El Tigre” (s604)
- (a) "Jefe" (6814)
- (a) "El Japonés" (3955)
- (a) "Soviético" (3497)
- (a) “Barba" (3497)
- (a) "Mavho" (1803)
- (a) "Flaco”(8371)
Integrando la presente remisión se acompañan los siguientes legajos:

Legajo Nº 76: Referido a la desaparición de Rosa Eugenia Novillo Corbalán
Legajo Nº 156: Referido a la desaparición de Manuel Ernesto García.
Legajo Nº 176: Referido a la desaparición de Jorge Luis de La Fuente
Legajo Nº 226: Con el testimonio de Adriana Beatriz Pierro
Legajo Nº 227: Referido a la desaparición de Leonor Pierro
Legajo Nº 228: Referido a la desaparición de Carlos Gerardo Pérez.
Legajo Nº 257: Referido a la desaparición de Mirta Raquel Hombrau
Legajo Nº 275: Referido a la desaparición de Luis Bernardo Rodríguez
Legajo Nº 585: Referido a la desaparición de Juan Carlos de la Fuente
Legajo Nº 606: Referido a la desaparición de Rosa Cristina González de Aranda
Legajo Nº 641: Referido a la desaparición de María Cristina Lanzilloto de Santillán.
Legajo Nº 643: Referido a la desaparición de Carlos Benjamín Santillán.
Legajo Nº 731: Referido a la desaparición de Norberto Adolfo Torres.
Legajo Nº 927: Referido a la desaparición de Luis Mario Fachino.
Legajo Nº 934: Referido a la desaparición de Horacio Arístides Martínez.
Legajo Nº 935: Referido a la desaparición de María Cristina Alvira de Martínez.
Legajo Nº 936: Referido a la desaparición de Rosa Raquel Alvira.
Legajo Nº 997: Referido a la desaparición de Pedro García
Legajo Nº 1296: Referido a la desaparición de Referido a inhumaciones de N.N. producidas en el Cementerio Municipal de San Pedro.
Legajo Nº 1445: Referido a la desaparición de Miguel Angel Di Pasqua
Legajo Nº 1490: Referido a la desaparición de Rubén Darío Reynoso.
Legajo Nº 1577: Referido a la desaparición de Delfor Manuel Meira.
Legajo Nº 1579: Referido a la desaparición de Ricardo Antonio Budano.
Legajo Nº 1733: Referido a la desaparición de Enrique Roberto Ingenieros.
Legajo Nº 1734: Referido a la desaparición de Irma María Magallanes de Ingenieros.
Legajo Nº 1788: Referido a la desaparición de Patricia Ofelia Venturi.
Legajo Nº 1803: Referido a la desaparición de Eduardo Santiago Departí.
Legajo Nº 1900: Referido a la desaparición de Juan Carlos Pellita.
Legajo Nº 1922: Referido a la desaparición de María Teresa Di Martino.
Legajo Nº 2012: Referido a la desaparición de Víctor Hugo Hofer.
Legajo Nº 2013: Referido a la desaparición de Oscar Omar Hofer.
Legajo Nº 2087: Con el testimonio de Angel Oscar Márquez.
Legajo Nº 2461: Referido a la desaparición de Victoria Rosa Osterizaga de Omiste
Legajo Nº 2481: Referido a la desaparición de Aldo Felipe Berra.
Legajo Nº 2536: Referido a la desaparición de Luis Alberto Ramírez.
Legajo Nº 2621: Referido a la desaparición de Emilio Yoshimiya.
Legajo Nº 2640: Referido a la desaparición de Alicia Gladis Lombardo
Legajo Nº 2641: Referido a la desaparición de Pedro Alberto Galván
Legajo Nº 2688: Referido a la desaparición de Julio Raúl Peris
Legajo Nº 2786: Referido a la desaparición de Roberto Hugo Giribaldi.
Legajo Nº 2990: Referido a la desaparición de Horacio Pazo .
Legajo Nº 3036: Referido a la desaparición de Mario Néstor Serra.
Legajo Nº 3037: Referido a la desaparición de Juana Isabel Barahona de Serra
Legajo Nº 3097: Referido a la desaparición de José María Pellita
Legajo Nº 3104: Referido a la desaparición de Eduardo Daniel Reyes
Legajo Nº 3222 : Referido a la desaparición de Carlos Raúl Temuta
Legajo Nº 3240: Referido a la desaparición de Carlos Julio Baes
Legajo Nº 3241: Referido a la desaparición de María Cristina Sparvieri
Legajo Nº 3488: Referido a la desaparición de Regina María Spotti
Legajo Nº 3496: Con el testimonio de Pablo Leonardo Martínez
Legajo Nº 3497: Con el testimonio de José María Budassi.
Legajo Nº 3548: Referido a la desaparición de Julio Eduardo Galeano
Legajo Nº 3577: Referido a la desaparición de Mario Humberto Mariani.
Legajo Nº 3728: Referido a la desaparición de Pedro La Blunda
Legajo Nº 3818: Que contiene una denuncia efectuada por Armando Nebulosi.
Legajo Nº 3955: Con el testimonio de José María Iglesias Fernández.
Legajo Nº 4172: Referido a la desaparición de Américo Rodríguez
Legajo Nº 4177: Referido a la desaparición de Eva Godoy de Pérez
Legajo Nº 4320: Referido a la desaparición de Rómulo Miguel Moreno
Legajo Nº 4393: Referido a la desaparición de Julio Kalejman
Legajo Nº 4497: Referido a la desaparición de Luis Alberto Tealdi
Legajo Nº 4689: Referido a la desaparición de Eduardo Luis Reale
Legajo Nº 4790: Referido a la desaparición de Rubén Alberto Rossi
Legajo Nº 4819: Referido a las muertes de Omar Darío Amestoy, María del Carmen Fettolini de Amestoy, María Eugenia Amestoy y Fernando Amestoy y a la desaparición de un niño de seis meses.
Legajo Nº 4916: Referido a la desaparición de Lidia Esther Sena.
Legajo Nº 4949: Con el testimonio de Raúl Alberto Marciano.
Legajo Nº 5044: Con el testimonio de Francisco José Bugato.
Legajo Nº 5351: Referido a la desaparición de Carlos Oscar Vargas.
Legajo Nº 2008: Con el testimonio de Rubén Pío Soberano
Legajo Nº 5461: Referido a la desaparición de Luis Carlos Caffaro Gimenes
Legajo Nº 5501: Referido a la desaparición de María Eugenia Amestoy.
Legajo Nº 5604: Con el testimonio de Lidia Esther Biscarte
Legajo Nº 5654: Referido a la desaparición de Ricardo Alberto Monteiro
Legajo Nº 5777: Referido a la desaparición de Luis Lorenzo Garello
Legajo Nº 5887: Referido a la desaparición de Eugenio Antonio Guasta
Legajo Nº 6147: Con el testimonio de Eduardo Julio Scliiel
Legajo Nº 6254: Referido a la desaparición de Mario Oscar Paluci
Legajo Nº 6265: Referido a la desaparición de Manuel Ignacio Martínez
Legajo Nº 6434: Referido a la desaparición de Lucía Alberta Nerone
Legajo Nº 6771: Referido a la desaparición de Maria Rosa Baronio
Legajo Nº 6781: Que contiene una denuncia anónima
Legajo Nº 6782: Que contiene una denuncia anónima
Legajo Nº 6783: Que contiene una denuncia del Sr. Salvador Galiano
Legajo Nº 6785: Referido a la desaparición de Domingo Grano
Legajo Nº 6814: Con el testimonio de Germán Silva
Legajo Nº 6815: Que contiene una denuncia conjunta
Legajo Nº 6816: Con el testimonio de Luis Federico Bosnasco
Legajo Nº 7471 Referido a la desaparición de Nelson Bautista Harriague
Legajo Nº 7472 Referido a la desaparición de Carlos Martin Gatica
Legajo Nº 7476 Referido a la desaparición de Myriam Susana Coutada
Legajo Nº 8015 Con el testimonio de Hermo Zanúccoli
Legajo Nº 8218 Referido a la desaparición de Francisco Antonio Bustos
Legajo Nº 8331 Referido a la desaparición de Rodolfo Abel Kremer
Legajo Nº 8368 Referido a la desaparición de Carlos Alberto Aranda
Legajo Nº 8371 Con el testimonio de Leonor Villaverde

A 30 años del ultimo golpe: Sin olvido ni perdón





























El 18 de marzo salió en todos los kioscos zarateños un informe a propósito de cumplirse el 30ª Aniversario del último golpe militar en la Argentina.
Como adelanto, arriba de este post publicamos en exclusiva el Informe de la Comisión Nacional de Desaparición de Personas emitido en septiembre de 1984 correspondiente al Depto. Judicial de San Nicolás, que incluía las ciudades de Baradero, Pergamino, San Pedro, San Nicolás, Campana y Zárate, entre otras ocalidades.
El informe está firmado por el entonces Subsecretario de Derechos Humanos Eduardo Rabossi, un jurista y filósofo que luego se alejó del alfonsinismo por oponerse al dictado de las leyes de "Obediencia debida" y "Punto Final", antecedentes directos del Indulto dictado por Menem en 1990.